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Los juicios de cobranza por deudas de condominio están avanzando en los tribunales de Venezuela y, de acuerdo con abogados especializados en propiedad horizontal, estos procesos judiciales pueden terminar en transacciones conciliatorias o embargos y remate de inmuebles. Afirman que esta reactivación, motivada por instrucciones del Tribunal Supremo de Justicia, es ahora una herramienta para hacer frente a los propietarios morosos.

El abogado Fernando A. León Poleo confirmó que los juicios de cobranza están avanzando en todo el país y asegura que estos al terminar en transacciones conciliatorias o en un embargo y remate de inmueble, «representan un mecanismo de coacción efectivo para presionar el cobro”.

De hecho, aseguró que tiene un «caso de un embargo preventivo en el área metropolitana de Caracas que me presentaron la semana pasada”. Sin embargo, considera que la morosidad también debe ser abordada de forma estratégica. En ese sentido, sugiere que “la administradora de condominio no debe dedicar más del 10% de sus esfuerzos a la cobranza de deudas”. En su lugar, dijo, “el problema debe ser transferido a un bufete de abogados después de tres meses o del período que la asamblea de condominio haya aprobado”.

La abogada Marialejandra Parra indicó que el proceso debería comenzar con un llamado a la conciencia. Si un propietario se encuentra en situación de morosidad, debe acercarse a la junta de condominio y la administradora para establecer un acuerdo de pago.

“La administradora, aunque no es su trabajo principal, debe iniciar las gestiones de cobranza a través de llamadas, correos electrónicos o mensajes… Tengo que tener un análisis de mi estado de cuentas. Cuando yo voy a un edificio que es buen pagador y empiezan esos saldos a ponerse en rojo, tengo que actuar de manera inmediata», explicó.

Si no se obtienen resultados, el caso debe ser remitido a un escritorio jurídico. A partir de este punto, el deudor debe asumir los honorarios profesionales extrajudiciales de los abogados.

La vía jurisdiccional: un proceso con «consecuencias fatales«
Cuando no hay voluntad de pago, el condominio debe recurrir a los tribunales, sostiene Parra. El tiempo de duración de una demanda puede ser variable. «Pudiera estar en un promedio de un año», estimó, aunque aclaró que es «irresponsable decir de manera categórica que dura un año» porque depende de múltiples factores.

El proceso legal puede ser complejo y tener consecuencias claras para el deudor. No obstante, según la abogada, el principal obstáculo es la citación del demandado, pero una vez que se logra llevar al deudor ante el tribunal, el juicio puede avanzar con mayor rapidez.

«La consecuencia de este proceso es fatal para el deudor porque puede comportar la pérdida de la propiedad», aseveró. Si la sentencia judicial exige el pago y el deudor se niega, se puede ejecutar un embargo sobre la propiedad para que el condominio pueda recuperar el dinero adeudado.

Para León Poleo estos juicios, que ahora pueden terminar en un embargo y remate de inmuebles, demuestran «la efectividad del sistema para asegurar el pago de la deuda».

Con información de Bitácora Económica

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